El PLD pide al Presidente Abinader cambiar Proyecto de Ley crea la DNI
SANTO DOMINGO.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) consideró que el Luis Abinader, debe cambiar el proyecto de Ley para la creación de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), si realmente está interesado en fortalecer la institucionalidad democrática-
José Dantés, consultor jurÃdico del PLD, aseguró que el Partido Revolucionario Moderno (PRM) sabÃa que la Ley 1-24 era orgánica, pero aun asà la impuso aprobándola a la carrera el 10 de enero de este año.
Censuró que "ellos sabÃan que Ley 1-24 viola derechos fundamentales, pero aun asà en un año electoral aprobaron a la carrera la normativa, ahora esperamos que la nueva ley sea sometida a la vista pública y que la gente la conozca".
"El PRM impuso su mayorÃa mecánica con esta ley ilegal, como ha impuesto su mayorÃa mecánica con muchas otras leyes que transgreden el orden constitucional, no es solamente esa. Porqué razón no usan esa mayorÃa mecánica para darnos un nuevo Código Penal que tanto la sociedad espera, como una herramienta para el combate a la criminalidad, pero esa desde el punto normativo, por qué no han pasado el Código Penal y tienen una súper mayorÃa para hacer lo que ellos quieran", sostuvo.
Dantés lamentó que el oficialismo utilice su mayorÃa congresual para supuestamente aprobar leyes que no benefician a la mayorÃa de lo de los dominicanos o que propicien polÃticas públicas que solucionen los problemas nacionales.
Explicó que la anulación de la Ley 1-24 de la Dirección Nacional de Inteligencia la ejecutó el Tribunal Constitucional por que viola los procedimientos de los artÃculos 112 y 261 que dice que todo lo relativo a la seguridad nacional tiene que estar subordinado a un ministerio y esto lo hace como una dependencia de la Presidencia de la República.
"Pero los miembros del TC ni siquiera fueron al fondo de la ley porque de inicio se vió la falla, porque siendo una normativa orgánica el PRM con su mayorÃa la pasó como ordinaria. Para su aprobación de la Ley 1-24 se precisaba de las dos terceras partes de los presentes porque es una pieza que afecta derechos fundamentales, incluyendo la libertad de expresión, el derecho a la intimidad y otros", sostuvo.
Agregó que "la anulada ley que creó la DNI, en su artÃculo 11, preveÃa que esa entidad podÃa requerir a los organismos del Estado, instituciones privadas y personas de derecho público y privado, fÃsicas o jurÃdicas, todas las informaciones que entendiera pertinentes, sin necesidad de mayores exigencias, sin orden judicial y, lo que es peor, sin ni siquiera hacer referencia a que se trataban de informaciones necesarias y pertinentes para las investigaciones que llevaran a cabo los organismos investigativos"
Criticó que además suponÃa una violación absoluta a la libertad de prensa, puesto que, no obstante, a la previsión constitucional del secreto profesional y la libertad de conciencia del periodista, esa disposición resultaba ser tan absolutamente abierta, vaga y ambigua que, al concebirse una prerrogativa sin ningún tipo de matiz, se llevaba de encuentro el secreto de la información y el secreto de las fuentes, por lo que también violaba el artÃculo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
También violentaba el artÃculo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolÃticos; acápite 3 de la Declaración de Chapultepec, adoptada por la Conferencia Hemisférica sobre la Libertad de Expresión y suscrita por la República Dominicana el 23 de octubre del 2020; y, acápites 5 y 8 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.